lunes, 5 de abril de 2010

"COMPAÑERA Y ESPOSA TIENE IGUAL DERECHO SOBRE LA PENSION" SENTENCIO LA CORTE CONSTITUCIONAL


El tribunal declaro inaxequible una norma que establecia que en caso de convivencia simultanea por los ultimos 5 años, solo la esposa tenia derecho a resicir la pension del esposo fallecido; la sentencia, cuya ponencia es del magistrado Jaime Cordoba, establece que esa norma es discriminatoria, injusta, y violatoria del derecho a la igualda; por lo que determino que la otra mujer debe comprobar que vivio con el fallecido, asi podria reclamar una parte de la pension.

Esto para hombres y mujeres.

Pero la corte puso una condiciones, la divicion de la pension debe ser proporcionalmete al tiempo que convivieron; es decir se le dara mas parte de la pension a quien convivio por mas tiempo con el fallecido.

Entre tanto la corte aclaro que el legislador lo que hizo fue reconocer una realidad o fenomeno social, pero no dice que esa relacion simultanea y permanente constituye un tipo de fal¡milia, y la corte no avala ni estimula un tipo de familia poligamica, pues se reconoce la familia monogamica.

1 comentario:

  1. Pues este fallo de la corte es muy importante, ya que como dice la realidad social muestra la gran cantidad de personas que tiene una relacion sentimental alterna a la de su matrimonio, y de esta manera la corte le esta dando una atribucion a la pareja alterna para poder tener acceso a la pension del fallecido, aunque personalmente no estoy muy deacuerdo, no puedo aislarme de la realidad, donde se muestra que esto es bastante comun.

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